Retenciones de hasta 5% en pagos por billeteras virtuales: quiénes se ven afectados
A partir de este mes, las acreditaciones de dinero en billeteras virtuales pueden estar sujetas a retenciones del Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB), con alícuotas que varían según la jurisdicción y pueden alcanzar hasta el 5%. Sin embargo, no todos los usuarios están incluidos en este régimen.
Para verificar si tu cuenta está alcanzada, se puede consultar de manera online y gratuita en el padrón oficial del gobierno bonaerense:
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Ingresá al sitio www.ca.gob.ar/sircupa
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Introducí tu número de CUIT y revisá si figura en el listado de contribuyentes con retención activa.
Importante: si la cuenta tiene varios titulares y al menos uno figura en el padrón, todas las acreditaciones quedarán sujetas a retención.
Exenciones al impuesto
Según la Resolución Normativa 25/2025, quedan exentos:
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Monotributistas de Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires.
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Actividades totalmente exentas del tributo.
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Actividades no alcanzadas por el impuesto.
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Sectores específicos como tabaco, combustibles, billetes de lotería, operaciones financieras, seguros y tareas de intermediación.
Movimientos que no sufren retención
Incluso quienes estén en el padrón no verán afectadas operaciones como:
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Sueldos, jubilaciones, pensiones, AUH, becas, tarjeta Alimentar y planes sociales.
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Transferencias entre cuentas propias.
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Reintegros, devoluciones y promociones de la billetera.
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Rescates de inversiones personales y vencimientos de plazos fijos.
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Cobros por exportaciones o servicios al extranjero.
El objetivo de la medida es reforzar la recaudación provincial y mejorar el control fiscal sobre el dinero digital, un sector de rápido crecimiento. Los especialistas recomiendan chequear mensualmente el padrón oficial y mantener la información fiscal actualizada para evitar retenciones inesperadas.


